Además de los derechos constitucionales, el Código del Trabajo protege la ocupación efectiva, la capacitación, la vida y salud, la dignidad y la indemnidad del trabajador. Conocerlos te permite reaccionar si se vulneran, mediante la tutela de derechos fundamentales o, en casos graves, el autodespido.
1. Derecho a la ocupación efectiva
Garantiza que puedas cumplir las funciones para las que fuiste contratado y que el empleador te dé los medios: un vehículo si eres chofer, un computador e internet si trabajas en oficina. No proporcionarlos puede ser una vulneración y, en casos graves, habilitar el autodespido.
2. Derecho a la capacitación ocupacional
No obliga al empleador a capacitarte siempre, pero sí a no excluirte injustificadamente de las capacitaciones que organice. Si contrata un curso e invita a tu equipo pero te excluye sin razón válida, podría ser discriminación indirecta.
3. Protección de la vida y salud en el trabajo
El empleador debe mantener condiciones de higiene y seguridad, informar de inmediato cualquier riesgo grave o inminente y adoptar medidas, incluida la suspensión de labores o evacuación. Si enfrentas un riesgo grave y el empleador no actúa, tienes derecho a interrumpir tus labores y abandonar el lugar, avisándole a la brevedad.
4. Debida consideración de tu dignidad
El empleador puede establecer medidas de control, pero sin vulnerar tu dignidad. Deben estar en el Reglamento Interno, ser idóneas a la naturaleza del trabajo, aplicarse de forma general (no selectiva) y garantizar impersonalidad. Poner cámaras en áreas comunes es válido; enfocar una cámara solo en un trabajador por desconfianza, no. Un detector de metales debe ser un portal general, no un escáner manual aplicado a ciertos empleados.
5. Derecho a la indemnidad laboral
Te protege de represalias por ejercer tus derechos: demandar, actuar como testigo o reclamar ante la Inspección del Trabajo. Están prohibidas represalias como negarte ascensos o aumentos, empeorar tus condiciones o despedirte sin justificación tras ejercer un derecho.
¿Qué hacer si se vulneran?
Puedes presentar una demanda de tutela de derechos fundamentales ante el Juzgado de Letras del Trabajo. En casos insostenibles, también puedes recurrir al autodespido y luego demandar por tutela.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es el derecho a la ocupación efectiva?
Es el derecho a desempeñar las funciones para las que fuiste contratado y a que el empleador te dé los medios para hacerlo (vehículo, computador, herramientas). No entregarlos puede vulnerar este derecho y habilitar el autodespido.
¿Pueden poner cámaras solo para vigilarme a mí?
No. Las medidas de control deben estar en el Reglamento Interno, ser idóneas a la naturaleza del trabajo, aplicarse de forma general y no selectiva, y respetar la dignidad. Una cámara enfocada solo en un trabajador por desconfianza no está permitida.
¿Qué es la indemnidad laboral?
Es la protección frente a represalias por ejercer tus derechos: demandar, declarar como testigo o reclamar ante la Inspección del Trabajo. Está prohibido negarte ascensos, empeorar tus condiciones o despedirte por ello.
¿Qué hago si mi lugar de trabajo no es seguro?
Si hay riesgo grave e inminente y el empleador no toma medidas, tienes derecho a interrumpir tus labores y abandonar el lugar, informando al empleador a la brevedad. Si no actúa, puedes demandar.
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Sobre el autor. Ramón Infante es abogado laboral chileno, con más de cinco años dedicados en exclusiva al derecho del trabajo y más de 750 juicios laborales tramitados en representación de trabajadores en todo Chile. Su ejercicio se centra en despidos, autodespidos, tutela de derechos fundamentales, cobro de prestaciones y acoso laboral y sexual.