Tu finiquito se calcula sumando la indemnización por años de servicio (un mes de sueldo por año, con tope de 11 años y 90 UF), el aviso previo si no te avisaron con 30 días, y las vacaciones y remuneraciones pendientes. Entender cada parte te permite verificar que el pago sea el correcto y reclamar si falta algo.
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¿Qué es el finiquito y cuándo se firma?
Siempre que termina una relación laboral —por despido, renuncia o mutuo acuerdo— debe firmarse un finiquito. Este documento formaliza el término del contrato y detalla lo que la empresa debe pagarte: vacaciones acumuladas, sueldos pendientes y, en ciertos casos, la indemnización por años de servicio. El cálculo se vuelve más completo cuando el despido es por necesidades de la empresa, porque incluye la indemnización y otros beneficios.
¿Cómo se calcula la indemnización por años de servicio?
La base es tu última remuneración mensual, que incluye todos los pagos que recibías al terminar el contrato:
- Sueldo base: la cantidad fija de tu contrato.
- Asignaciones especiales imponibles (por ejemplo, asignación de zona).
- Movilización y colación, si se pagaban mensualmente.
- Gratificaciones, si las recibías mes a mes.
Si tu remuneración es variable, se calcula con el promedio de los últimos 3 sueldos. También se suman regalías mensuales (habitación, combustible, internet) y las cotizaciones previsionales.
¿Qué no se incluye?
Quedan fuera de la base de cálculo las asignaciones familiares, las horas extraordinarias y los pagos que se hacen una vez al año, como el aguinaldo de Navidad o el bono de producción anual.
Los dos topes legales que debes conocer
- Tope de 90 UF: la remuneración base tiene un límite de 90 UF. Si ganas $5.000.000, solo se considera el equivalente a 90 UF.
- Máximo de 11 años: aunque hayas trabajado 15 o 20 años, solo se calculan hasta 11.
Puedes consultar el valor vigente de la UF en el sitio del SII. La calculadora aplica ambos topes de forma automática.
El aviso previo
El empleador debe avisarte el despido con al menos 30 días de anticipación. Si te desvincula de inmediato, debe pagarte un mes de remuneración como indemnización sustitutiva del aviso previo. Ejemplo: si ganas $1.000.000 y te despiden sin aviso, ese millón se suma a tu finiquito.
Vacaciones y pago en cuotas
Las vacaciones acumuladas se pagan en el finiquito; si no completaste un año, se pagan proporcionales al tiempo trabajado. La indemnización puede pagarse en cuotas solo si tú estás de acuerdo y queda estipulado en el finiquito; si no, puedes exigir el pago total de una vez.
Ejemplos prácticos
Pedro: remuneración mensual total de $800.000, trabajó 2 años y 7 meses y lo despidieron sin aviso. Como los 7 meses cuentan como un año más, son 3 años: $800.000 × 3 = $2.400.000, más $800.000 de aviso previo. Total: $3.200.000.
Claudia: trabajó 11 meses y le avisaron con 30 días. Como no cumplió un año, no hay indemnización por años de servicio; como le avisaron, tampoco aviso previo. Solo le corresponden sus vacaciones proporcionales.
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Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la indemnización por años de servicio?
Se paga un mes de la última remuneración mensual por cada año trabajado y por cada fracción superior a 6 meses, con un tope de 11 años y de 90 UF sobre la base de cálculo. Solo aplica si completaste al menos un año y el término da derecho a indemnización.
¿Qué es la indemnización sustitutiva del aviso previo?
Si el empleador no te avisa con al menos 30 días de anticipación, debe pagarte el equivalente a un mes de remuneración como indemnización sustitutiva del aviso previo, además de las demás prestaciones del finiquito.
¿Qué pasa si mi sueldo supera las 90 UF?
Para el cálculo solo se considera hasta 90 UF, aunque tu remuneración real sea mayor. Ese es el tope legal de la base de cálculo de la indemnización por años de servicio.
¿Puedo negarme a firmar el finiquito si no estoy de acuerdo?
Sí. Si el monto no te parece correcto, puedes no firmar y acudir a la Inspección del Trabajo, o firmar dejando reserva de derechos por escrito para cobrar y demandar después las diferencias.
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Sobre el autor. Ramón Infante es abogado laboral chileno, con más de cinco años dedicados en exclusiva al derecho del trabajo y más de 750 juicios laborales tramitados en representación de trabajadores en todo Chile. Su ejercicio se centra en despidos, autodespidos, tutela de derechos fundamentales, cobro de prestaciones y acoso laboral y sexual.