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Acoso Sexual en el Trabajo en Chile: Qué Es, Cómo Denunciar y Ley Karin

El acoso sexual laboral se configura con un solo acto no consentido. Cómo identificarlo, denunciar bajo la Ley Karin y qué indemnizaciones reclamar.

El acoso sexual en el trabajo es todo requerimiento de carácter sexual no consentido que amenace o perjudique tu situación laboral, y en Chile basta un solo acto para que se configure. Desde la Ley Karin (Ley 21.643), la ley exige a las empresas prevenir, investigar y sancionar estas conductas, y te da herramientas concretas para defenderte.

¿Qué es exactamente el acoso sexual laboral?

Se entiende como que una persona realice, de forma indebida y por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual no consentidos por quien los recibe, y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo. No requiere reiteración: un solo episodio puede constituir acoso sexual.

Cómo reconocerlo

Va desde insinuaciones, mensajes o tocamientos no deseados hasta condicionar beneficios, ascensos o la permanencia en el empleo a favores sexuales. Lo determinante es que la conducta sea de índole sexual y no consentida.

Cómo denunciar bajo la Ley Karin

  1. Guarda pruebas: mensajes, correos, testigos y cualquier respaldo de los hechos.
  2. Presenta la denuncia: ante tu empleador —obligado a tener protocolo y canales de denuncia— o directamente ante la Inspección del Trabajo. Si tu acosador es quien recibe las denuncias, ve directo a la Inspección.
  3. Exige medidas de resguardo: el empleador debe adoptarlas de inmediato (separación de espacios, cambio de turnos o área, permiso con goce de sueldo).
  4. Investigación y sanción: la empresa investiga bajo fiscalización de la Dirección del Trabajo o remite el caso a la Inspección; si se acredita, deben sancionar al responsable.

Qué puedes reclamar

Además de la atención psicológica a través de tu mutualidad, en tribunales puedes ejercer el autodespido por acoso sexual del empleador —con recargo del 80% sobre las indemnizaciones— y la tutela de derechos fundamentales, que contempla una indemnización adicional. No firmes acuerdos apresurados sin evaluar antes cuánto te corresponde realmente.

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Preguntas frecuentes

¿Qué se considera acoso sexual en el trabajo?

Requerimientos de carácter sexual no consentidos, hechos por cualquier medio, que amenacen o perjudiquen la situación laboral o las oportunidades de empleo de la víctima. Basta un solo episodio para que se configure.

¿Ante quién denuncio el acoso sexual?

Ante tu empleador, que debe contar con un protocolo conforme a la Ley Karin, o directamente ante la Inspección del Trabajo. Si quien te acosa es quien recibe las denuncias, puedes acudir directo a la Inspección del Trabajo.

¿Qué medidas debe tomar el empleador?

Desde que recibe la denuncia debe adoptar medidas de resguardo inmediatas, como separar físicamente a las partes, redistribuir la jornada, trasladar de área o dar permiso con goce de sueldo, y luego investigar o derivar a la Inspección del Trabajo.

¿Qué puedo reclamar judicialmente?

Puedes autodespedirte por acoso sexual del empleador con recargo del 80% sobre las indemnizaciones, y accionar por tutela de derechos fundamentales, que incluye una indemnización adicional además de las prestaciones legales.

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Sobre el autor. Ramón Infante es abogado laboral chileno, con más de cinco años dedicados en exclusiva al derecho del trabajo y más de 750 juicios laborales tramitados en representación de trabajadores en todo Chile. Su ejercicio se centra en despidos, autodespidos, tutela de derechos fundamentales, cobro de prestaciones y acoso laboral y sexual.